Qué hacer ante un siniestro
- Solicite los datos personales del conductor o conductores si hubiera más de un vehículo implicado. (Nombre, apellido, DNI, teléfono y domicilio)
- Solicite los datos de los vehículos (Marca, Modelo, Patente, Compañía de Seguros y Número de Póliza)
- En caso de haber personas lesionadas deberá realizar denuncia policial o exposición civil. Recuerde también que puede pedir asesoramiento al numero de urgencia de la aseguradora
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Deberá siempre efectuar denuncia policial o exposición civil.
- Deberá contactarse lo antes posible con la oficina comercial correspondiente, para recibir el asesoramiento correspondiente, respecto del procedimiento a seguir.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado
- Muerte
- En caso de muerte accidental dentro del horario de la cobertura contratada, los beneficiarios deberán presentarse con certificado de defunción legalizado en la oficina.
- De haber intervención de la policía o bomberos, deberán concurrir con la denuncia policial o exposición correspondiente.
- En caso de no haber declaración de beneficiarios, los herederos legales deberán concurrir con informe de sucesión (Declaratoria de Herederos), dentro del cual será incluido el pago del siniestro.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Accidente
- Asistencia Médica: En caso de sufrir un accidente dentro del horario de la cobertura, el accidentado podrá concurrir a un centro de atención de manera privada y deberá solicitar factura por el pago realizado (Incluye: facturas, recetas, troquel del medicamento, etc.) y certificado médico correspondiente. La aseguradora reintegrará dicho monto una vez presentada la documentación original. Recuerde que esta cobertura puede contar con franquicia (monto a cubrir por el asegurado).
- Realizar la denuncia administrativa del siniestro , presentando un resumen de la historia clínica.
- Invalidez: En caso de persistir algún tipo de invalidez, siendo esta total y permanente, el accidentado será sometido a junta médica, donde se evaluará el grado de invalidez y el valor correspondiente para la indemnización. Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado .
- Incendio
- En caso de haber intervención de Bomberos, deberá solicitar constancia que certifique el hecho.
- Diríjase a la oficina comercial más cercana, con la constancia de Bomberos correspondiente para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Robo
- Deberá realizar la denuncia policial o exposición civil correspondiente.
- Diríjase a la oficina más cercana, con la denuncia policial realizada, para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Cristales
- Comuníquese con nuestras oficinas o diríjase a la más cercana, para ser asesorado de procedimiento a seguir.
- En caso de contar con la cobertura, su cristal puede ser reemplazado por la aseguradora. No debe solicitar la reposición sin antes comunicarse con nosotros para que lo asesoremos.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Reclamo de Terceros
- Sólo en caso de recibir una Carta Documento por algún hecho relacionado con su actividad familiar, deberá notificarnos a la brevedad posible. Quedan excluidas situaciones del ámbito laboral o penal.
- Un asesor le responderá a la brevedad posible, explicándole si el hecho se encuentra comprendido o no, dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil contratada.
- En caso de tratarse de un hecho cubierto, la aseguradora le proveerá la asistencia legal correspondiente y cubrirá tanto gastos legales, como sentencia, hasta la suma asegurada de la póliza.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Incendio
- En caso de haber intervención de Bomberos, deberá solicitar constancia que certifique el hecho.
- Diríjase a la oficina comercial más cercana, con la constancia de Bomberos correspondiente para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Robo
- Deberá realizar la denuncia policial o exposición civil correspondiente.
- Diríjase a la oficina más cercana, con la denuncia policial realizada, para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Cristales
- Comuníquese con nuestras oficinas o diríjase a la más cercana, para ser asesorado de procedimiento a seguir.
- En caso de contar con la cobertura, su cristal puede ser reemplazado por la aseguradora. No debe solicitar la reposición sin antes comunicarse con nosotros para que lo asesoremos.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.
- Reclamo de Terceros
- Sólo en caso de recibir una Carta Documento por algún hecho relacionado con su actividad comercial, deberá notificarnos a la brevedad posible. Quedan excluidas situaciones del ámbito laboral o penal y reclamos relacionados con fallas en la entrega del producto/servicio.
- Un asesor le responderá a la brevedad posible, explicándole si el hecho se encuentra comprendido o no, dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil contratada.
- En caso de tratarse de un hecho cubierto, la aseguradora le proveerá la asistencia legal correspondiente y cubrirá tanto gastos legales, como sentencia, hasta la suma asegurada de la póliza.
- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado.